Capítulo 12
Art. 5 inc. 2
El ejercicio de la soberanía reconoce como limitación el respeto a los derechos esenciales que emanan de la naturaleza humana. Es deber de los órganos del Estado respetar y promover tales derechos, garantizados por esta Constitución, así como por los tratados internacionales ratificados por Chile y que se encuentren vigentes.
Despachado por el Congreso proyecto sobre aplicación del procedimiento de tutela laboral a funcionarios públicos.2. CS 23096-2019, la indem del 489 CT es compatible con una indm x daño moral, la suma y ratifica tutela de DDFF a funcionarios públicos
https://www.pjud.cl/noticias-del-poder-judicial/-/asset_publisher/kV6Vdm3zNEWt/content/id/21205095
https://www.pjud.cl/noticias-del-poder-judicial/-/asset_publisher/kV6Vdm3zNEWt/content/id/21060831
Recomendación Pablo https://www.uss.cl/wp-content/uploads/2017/10/Glosario-Penal.pdf
Off topic Mario: https://en.wikipedia.org/wiki/Among_the_Living